Permitir la toma de decisiones sobre el propio cuerpo a los niños pequeños es una cuestión que, muchas veces, genera dudas a las familias. En estos casos, puede parecer que entran en conflicto la responsabilidad de los cuidados al niño con la voluntad de éste.
Las acciones relacionadas con el propio cuerpo tienen que ver, a grandes rasgos, con la alimentación, el aseo, el sueño, el control de esfínteres y el movimiento. Estas acciones, desde que el bebé nace, necesitan ser garantizada por parte de la cuidadora principal (generalmente, la madre).
Sin embargo, aunque el bebé necesita al adulto para garantizar la satisfacción de la mayoría de las necesidades relacionadas con su cuerpo, éste, desde que nace, tiene sensaciones propioceptivas que le ayudan a reconocer dichas necesidades, su intensidad y la manera de satisfacerlas (con ayuda del adulto, que garantiza que se puedan satisfacer).
De esta manera, escuchar la demanda del bebé en cuanto a su necesidad de ser alimentado y responder en consecuencia, observar y reconocer la demanda de necesidad de sueño y descanso y los signos externos de comodidad/incomodidad e interpretarlos, serían las primeras acciones relacionadas con el cuerpo del bebé que, desde el nacimiento, pueden co-regularse.
A medida que el niño crece, la capacidad de expresión de sus necesidades y su voluntad va siendo mayor. El niño podrá expresar sensaciones relacionadas con el hambre y la saciedad, sensaciones térmicas, voluntades relacionadas con la higiene, necesidades de descanso o actividad…
Este reconocimiento de las propias sensaciones, necesidades y voluntades sobre cuestiones relacionadas con el cuerpo son la base de la identificación, conexión y apropiación del niño sobre el cuerpo que habita.
Si el adulto que está a cargo de los cuidados del niño permite la expresión de estas necesidades y voluntades y responde en sintonía con ellas, esa conexión con el propio cuerpo se fortalecerá.
Si, por el contrario, el adulto a cargo de los cuidados se apropia de las necesidades y voluntades del niño, interpretándolas desde sí y no desde el niño, tomando las decisiones sobre el cuerpo del niño sin escuchar al niño, sentará las bases de la desconexión de su cuerpo por parte del niño.
Ejemplos de esta “apropiación indebida” por parte del adulto serían: la lactancia con horarios, abrigar al niño pese a que éste exprese que tiene calor, forzar al niño a quedarse descansando pese a que dé muestras de no estar cansado, retirar el pañal antes de que el niño esté preparado, no permitir al niño que elija la ropa que quiere ponerse o el calzado, obligarlo a estar descalzo/calzado, forzar el baño o el cambio de pañal, peinado, aseo, etc..
Éstos son solo algunos de los ejemplos con los que cotidianamente podemos encontrarnos. Hágase una interpretación ponderada de ellos. Ciertamente, en algunos de los ejemplos habremos de establecer límites con los que los adultos nos sintamos seguros. Por ejemplo, en el tema del baño, si el niño no quiere bañarse, podemos permitir su decisión hasta el límite de lo higiénico. Una vez traspasado ese límite, el adulto propiciaría el baño.
Otro ejemplo similar sería el cambio de pañal. Si el niño no quiere que se le cambie el pañal, respetaremos su decisión hasta el límite de lo salubre. Lógicamente, más allá d este límite sería irresponsable tolerar.
La cuestión es tratar de alcanzar una co-regulación equilibrada entre madre e hija/o que permita la toma de decisión sobre el propio cuerpo sin traspasar los límites de la seguridad personal, la salud y el respeto a los demás.
Relación de la toma de decisiones sobre el propio cuerpo con la protección/prevención de abusos físicos y emocionales durante la infancia
El niño al que le han permitido tomar decisiones sobre su propio cuerpo desde el inicio de su vida será un niño capaz de identificar sus sensaciones, mantenerse conectado a ellas y actuar para satisfacerlas, confiando en que sus necesidades y voluntades son válidas y aceptables.
De este modo, este niño habrá desarrollado y mantenido la conciencia de propiedad de su cuerpo, de una manera empoderada y se sentirá capaz de aceptar o rechazar interacciones sobre el mismo desde su persona, entendiendo que su cuerpo es suyo y es él quien decide.
Así, el niño que ha tiene esta percepción de sí mismo y de su cuerpo, si se encontrase en una situación de interacción abusiva o de acoso por parte de otras personas, posiblemente identificaría la sensación de malestar, la validaría y pondría en marcha las acciones necesarias para resolverlo, pues probablemente se sentirá dueño de su cuerpo, responsable de decidir sobre él y entenderá que no ha de permitir una relación desagradable por parte de otras personas.
Es este el mecanismo protector que se construye a través de permitir las decisiones relacionadas con el propio cuerpo por parte de los niños, generando uno de los pilares de la crianza protectora de sufrir abusos en la infancia.
Es importante señalar que lo que en este artículo se describe, es sólo una de las numerosas acciones que constituyen la protección/prevención.
No obstante, es esencial tener en cuenta siempre que estas acciones protegen al niño de abuso reiterado, pero que esta protección necesita, en todo caso, de la intervención inmediata y firme del adulto en caso de indicios de abuso. Ningún niño puede protegerse solo.
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